Uma obra completa, na qual foram minuciosamente tratados, com adequado grau de aprofundamento, todos os assuntos relevantes do Direito Constitucional tanto os relacionados com a sua teoria geral quanto os positivados pela Constituição de 1988.Este livro traz uma ampla análise da matéria teórica, reforçada pela referência sistemática à jurisprudência de nossa Corte Constitucional,
Como prometido segue abaixo o link para download do Caderno de questões do livro “Direito Constitucional Descomplicado” de Marcelo Alexandrino e Vicente Paulo.O arquivo tem aproximadamente 5mb e contém questões CESPE, FCC e ESAF. As questões estão separadas por assunto o que facilita bastante o estudo.
Link para download no servidor 4Shared:
Fonte: Guia dos Concurseiros
Las elecciones regionales y municipales del 23 de noviembre de 2008 han demostrado, una vez más, la popularidad del gobierno del presidente venezolano Hugo Chávez. Por duodécima vez en diez años, el líder bolivariano ganó un proceso electoral por abrumadora mayoría. En efecto, el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) ganó 17 Estados sobre 22 y 264 municipios sobre los 328 en juego,
La Corte Constitucional emite comunicado declarando constitucional la Ley de Habeas Data. DataCrédito mantendrá constante comunicación con los usuarios informándolos acerca del tema.
Diputado PPD llama a “expropiar el control de las flotas” y oposición clama por el retorno del “sistema amarillo”La novela de terror llamada Transantiago sumó otro capítulo: el rechazo del Tribunal Constitucional al crédito de 400 millones de dólares que solicitó el Ejecutivo al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para inyectarle al sistema.El requerimiento, liderado por el sena
Daniel Mercadal
La vida como derecho natural y constitucional
El Derecho a la vida es, antes que nada, un derecho natural, emergente de la naturaleza humana. Es –como se gusta decir en la actualidad– un “derecho humano”. Hay quienes hablan, con toda propiedad, de derechos personalísimos.
En consecuencia, estamos ante un derecho de valor universal, permanente e [...]
Hablar de Justicia Constitucional en Bolivia -en esta hora tan aflictiva y lamentable por la que atraviesa el acéfalo Tribunal Constitucional Boliviano (debido a que actualmente se encuentra mermado en su composición, e inhabilitado por falta de quórum, para ejercer legítimamente y con plenitud las atribuciones que la propia Constitución y la ley respectiva le han conferido), mismo que ha s
En: Academia de la Magistratura
DANIEL ARMANDO PISFIL FLORES
ASISTENTE EN FUNCION FISCAL - 2DA SUPREMA EN LO PENAL -
I. Aproximación al Tema
El objetivo del presente trabajo , es plantear en términos generales , una manera de interpretar la “garantía de inadmisión de la prueba ilícitamente obtenida” , el estudio no consistirá en desarrollar la “garantía” , ya que, a opinión pe
.Cuatro expertos dan sus claves para el proyecto de fortalecimiento que enviará en las próximas semanas.La discusión y la reflexión serán las principales acciones de los próximos días. Por eso, cuatro expertos en educación hablaron con La Nación y se refirieron a los elementos fundamentales que debe incluir el proyecto de fortalecimiento. Las puertas del debate ya están abiertas.La seman
“Em nota divulgada hoje (17), o Exército garante que sua presença no Morro da Providência, no centro do Rio de Janeiro (RJ), atende às missões constitucionais da Força. Segundo a nota, por não se tratar de uma ação de segurança pública, mas sim de apoio a um projeto social do Ministério das Cidades, o emprego de militares não precisa ser determinado pelo presidente da República ou
“Questão indígena tem de abandonar concepções racistas A polêmica envolvendo a demarcação Raposa Serra do Sol em área contínua, com a liminar do STF suspendendo a desintrusão dos arrozeiros das terras já homologadas por Portaria do Ministério da Justiça, colocou a “questão indígena” como matéria de discussão. Não da melhor forma, contudo. Primeiro, porque a informa
La compra de renuncia de un trabajador es válida si no ha existido coacción, pues la aceptación de los beneficios económicos ofrecidos por la empresa demuestra la conformidad del trabajador con la disolución del vínculo laboral, estableció el Tribunal Constitucional al declarar infundada la demanda de amparo recaída en el Expediente 0750-2007-PA/TC.
El colegiado, en consecuencia, llega a la
Várias Potências Mundiais cobiçam a Amazônia e fazem assim planos para a internacionalização da mesma. Com a desculpa de preservar o meio ambiente e as culturas indigenas da amazônia eles querem ocupar nosso território.Isso é um problema de Soberania Nacional ja que a Amazônia brasileira equivale a 58% do território nacional e representa 67% das florestas tropicais do mundo.somos a maior nação tropical do planeta, e no futuro poderemos ser a maior potência mundial, devido as quantidades de energia renovável hidrica e florestal, sem contar com as imensas possibilidades energéticas vindas da radiação solar e as reservas minerais, ouro, bauxita e manganês. Não podemos aceitar que países como, Estados Unidos, Inglaterra e França sejam gestores da Amazônia e monopoliz
Flores em dia de chuva. Hoje de manhã.Da ordem de trabalhos da reunião que a ministra da educação vai ter, hoje, com a Plataforma Sindical, consta um ponto intrigante:Acesso à categoria de Professor Titular para os Professores em exercício de funções ou actividades de interesse público, designadamente, enquanto Deputados à Assembleia da República e ao Parlamento Europeu, Autarcas, Dirigentes da Administração Pública, Dirigentes de Associações Sindicais e Profissionais.Quer dizer, a ministra acha que os professores que exercem funções de deputado ou são autarcas não precisam de estar a exercer funções lectivas para poderem concorrer ao concurso de professor titular, mas aos professores que, na altura do 1º concurso, se encontravam sem componente lectiva, por motivos d
Cacheiro, concelho de Nisa, hoje à tardeHá o caso dos professores que estavam com redução da componente lectiva por se encontrarem doentes (doença confirmada pela junta médica) e que foram impedidos de concorrer ao 1º concurso para professor titular.Há professores que, nas condições de requisição de serviço, podiam concorrer, mas foram bastante penalizados na pontuação e por isso não acederam a titulares. Eu conheço colegas que estiveram de licença a fazer doutoramento nos últimos anos e por esse motivo, mesmo concorrendo, a penalização prejudicou-os e não entraram na categoria. Há professores com mestrados e doutoramentos em CE, em Avaliação, em Desenvolvimento Curricular, em Formação de Professores... e vão ser avaliados por colegas Licenciados em Matemática,
Lei a aqui o acórdão do Tribunal Constitucional. Ainda não sei quais as implicações deste acórdão. Os serviços jurídicos dos sindicatos têm de o estudar e de o explicar aos professores. Mas é bem possível que este acórdão seja o princípio do fim deste modelo de avaliação de desempenho e obrigue o ME a repetir o concurso para professores titulares. Seja como for, isto tem de ter consequências: "declarar a inconstitucionalidade, com força obrigatória geral, da norma contida no artigo, 15.º n.º 5, alínea c) do referido Decreto-Lei n.º 15/2007, por violação do nº 2 do artigo 47.º da Constituição."Blog sobre avaliação de professores, avaliação de escolas e materiais para todas as áreas curriculares
No había oído nada sobre esta cuestión hasta que me han mandado este post por correo: La hora de la verdad - Se agudiza en Turquía el choque entre el gobierno islamista y la élite laicista: El Tribunal Constitucional turco ha aceptado estudiar la ilegalización del Partido de la Justicia y el Desarrollo (AKP), el partido en el Gobierno, liderado por el presidente Recep Tayyip Erdogan, por “posible amenaza al laicismo”. La medida partió del fiscal jefe del Tribunal de Apelaciones, Abdurrahman Yalcinkaya, que remitió a mediados de marzo una petición al Tribunal Constitucional para que ilegalizara al partido gobernante. El fiscal Yalcinkaya afirmó entonces que "el AKP se ha convertido en un semillero de actividades contra el laicismo". El TC ha aceptado la demanda y ha abierto un
Los aspectos procesales y el Derecho Constitucional ¿estan a la par? ¿uno esta por encima del otro? ¿son cosas totalmente distintas?
En fin, tantas preguntas para una sola respuesta.
El Tribunal Constitucional en casacion confirmo que los Tratados, que son de rango constitucional como el Interes Superior del Niño, estan por encima de un aspecto procesal que [...]
La casacion del Tribunal Constitucional sobre familias ensambladas ha dado mucho que comentar entre los entendidos.
Partiendo de la premisa que establece la Constitucion del 93, en la que separa la familia de matrimonio, lo que es en terminos sencillos, se cancela la dependencia estricta de la familia con respecto al matrimonio en si, que la [...]
Expertos de este organismo afirman que si el proyecto no pasa, traería consecuencias como tasas de interés más altas y menor acceso al crédito.
María Angélica Árbelaez, investigadora de esta institución, asegura que las entidades financieras tendrán la posibilidad de ver el comportamiento de los clientes tanto en el período de vacas flacas, como en el [...]
El presidente de Bolivia, Evo Morales, aseguró el sábado a sus opositores que mientras sea presidente constitucional no lo sacarán del palacio "ni muerto" y calificó la actual situación polÃtica del paÃs como "una guerra entre ricos y pobres". El mandatario hizo esa advertencia durante un encuentro con mineros en el sur del paÃs. "A mà no me asustan las provocaciones de los grupos oligárquicos. Más bien me siento fortalecido porque tenÃan que venir; estarÃa preocupado si vinieran de los campesinos o de los indÃgenas", dijo, y agregó: "Mientras sea presidente electo constitucionalmente, ni muerto me sacarán del palacio, porque se trata de garantizar este proceso de cambio". Morales repitió que sus opositores buscan "tumbarlo" porque no aceptan que un "indio gobierne" y menos los cambios que promueve su Gobierno. "Esta es una guerra entre ricos y pobres. O ganan los ricos, o ganan los pobres", sentenció. El presidente acusa a los grupos de la oligarquÃa y a la de
Esta será la imagen que aparecerá en la máquina de votación del referéndum de este domingo. La persona al llegar frente a la pantalla, deberá marcar en cada uno de los bloques si vota “No” o si vota “Si”, una vez seleccionadas sus opciones, pulsará el botón que aparece mas abajo donde dice votar. Technorati tags: Reforma Constitucional, venezuela, referendum 2D, referendum, chavez IceRocket tags: Reforma Constitucional, venezuela, referendum 2D, referendum, chavez Blogalaxia Tags: Reforma+Constitucional, venezuela, referendum+2D, referendum, chavez
La Disposición transitoria Novena del proyecto de reforma constitucional establece: Novena. Hasta tanto se dicten las normas que desarrollen los principios establecidos en el artículo 112 de esta Constitución, el Ejecutivo Nacional podrá, mediante decretos o decreto ley, regular la transición al Modelo de Economía Socialista.
Uno de los principios básicos de los Estados Democráticos es la separación de los poderes del Estado en diferentes órganos y personas, tradicionalmente ello ha implicado la separación de las funciones legislativas, ejecutivas y judiciales, entre otros, en distintos órganos. Solo por vía excepcional y por medio de ley habilitante, se conceden poderes especiales al jefe del poder ejecutivo para legislar (dictar leyes), por un tiempo determinado y en materias especificas.
Durante las últimas entradas a este Blog he insistido en las declaraciones del Presidente de la República según las cuales existe ya redactado un conjunto de proyectos de leyes ela
En entradas anteriores en este Blog expuse algunas razones por las cuales no apoyo esta reforma constitucional que se someterá a referéndum el próximo domingo, esas opiniones las pueden leer pulsando aquí. Lamentablemente el tiempo y el tamaño de la reforma no me permitieron comentar mas sobre otros artículos de la propuesta, en todo caso como ciudadano común de este país, me permito hoy dejar solo 4 opiniones adicionales que espero que sirvan de reflexión para aquellos que aún no han decidido su voto, o quienes piensan abstenerse en participar en el referéndum de este domingo.
En primer lugar, no apoyo una reforma constitucional que se hace con intención de adaptar la Constitución Venezolana, al paquete de leyes que se elaboró paralelamente al proyecto de Reforma Constitucional, y que serán implementados directamente por el Ejecutivo Nacional, con base a la Ley Habilitante. Grupo de leyes que según declaraciones del Presidente de la República suman la cantidad
Chávez anunciaba ayer en una entrevista con la televisora regional TVO “Después de aprobar la reforma constitucional aprobaré cien leyes nuevas”. Para los que no lo recuerden o no lo sepan, el día que se creo la comisión presidencial para la reforma constitucional, conformada entre otros, por los mas altos representantes de los demás Poderes del Estado (Judicial, Legislativo y Ciudadano), simpatizantes todos del Presidente Chávez; se creo también una Comisión para la redacción de las leyes que con base a los poderes legislativos otorgados al Presidente por la Asamblea Nacional (conformada toda por representantes de partidos adeptos a Chávez), por ley habilitante, desarrollarían los principios incorporados en la Reforma Constitucional. En otras palabras se trataba de adaptar la Constitución a las leyes que Chávez quiere dictar por medio de la ley habilitante. Pues bien, al parecer ese lote de 100 leyes nuevas que esperan de la reforma para su dictado, están listas,
Los abajo firmantes integrantes de las Juntas Directivas del Instituto de Previsión Social del Abogado, los Colegios de Abogados de Distrito Capital, de los estados Miranda, Aragua, Cojedes, Falcón, Lara, Guárico, Carabobo y de la Confederación de Profesionales Universitarios de Venezuela, ante la propuesta de modificación constitucional promovida por el Presidente de la República y la Asamblea Nacional, en nuestra condición de máximos representantes del gremio de abogados, fijamos posición pública en los términos siguientes:
Frente a la subversión del Orden Constitucional adelantado e impulsado desde la Presidencia de la República por el Teniente Coronel Hugo Chávez Frías , subversión ésta que se manifestada en la presentación de un proyecto de reforma a todas luces fraudulento y violatorio de la vigente Constitución de la República mediante el cual se pretende modificar la estructura y principios fundamentales en los cuales se basa el Contrato Social de la
Esta tarde pensando sobre la reforma constitucional, me pregunté ¿Por qué las organizaciones que se oponen a la reforma, por modificar, como efecto lo hace, principios fundamentales de la constitución del 99, no pensaron en su momento como alternativa a ella, llamar conforme al artículo 348 de la Constitución a una Asamblea Constituyente?
En un primer momento no tendría sentido pues nadie de ese sector pretende modificar la constitución, pero ante un proyecto de reforma con grandes visos de inconstitucionalidad y con lo atropellado en el tiempo en que se esta aprobando la misma, la convocatoria de una Asamblea Constituyente por iniciativa popular, hubiese sido una alternativa.
El mencionado artículo señala: La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla (… ) los Consejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el reg
El artículo 115 del proyecto inicial presentado por el Presidente Chávez a la Asamblea Nacional, sufrió una modificación en su proceso de aprobación por el parlamento, que volvió a establecer expresamente los atributos de la propiedad privada, que el proyecto inicial no preveía, al quedar redactado de la siguiente forma:
“(…)la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso, consumo y medios de producción legítimamente adquiridos, con los atributos de uso, goce y disposición y las limitaciones y restricciones que establece la ley. Igualmente, toda propiedad, estará sometida a las contribuciones, cargas, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general.
Pienso que el cambio es importante pues devuelve a la Propiedad aquellos elementos esenciales que la conforman. De todas formas es de destacar una importante diferencia con la Constitución vige
El Rector Vicente Diaz del CNE, acaba de señalar en declaraciones a la prensa que salvó su voto en la admisión del proyecto de reforma constitucional por considerar que el mismo violenta el artÃculo 342 de la Constitución Nacional que establece:
 "La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional. La iniciativa de la Reforma de esta Constitución podrá tomarla la Asamblea Nacional mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayorÃa de sus integrantes, el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; o un número no menor del quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral que lo solicitenâ€.
El Rector Diaz indicó que la reforma contiene modificaciones de artÃculos que atraviesan transversalmente todo el articulado de la constitución, r
El actual artículo 70 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo”.
En la reforma que se pretende hacer de este artículo ya aprobado por
Hoy el Partido Primero Justicia introdujo ante el Tribunal Supremo de Justicia un recurso de interpretación del artículo 344 de la Constitución, a fin de que el máximo Tribunal fije la interpretación adecuada de esta norma, como una posible vía para someter a referéndum cada una de las modificaciones que sufre cada articulo de la Constitución en el proyecto de Reforma presentado por el presidente de la República. A continuación haré un pequeño comentario sobre este articulo y algunas dudas que en forma particular me deja esta materia. El artículo 344 establece que el proyecto de reforma constitucional aprobado por la Asamblea Nacional se someterá a referendo dentro de los treinta días siguientes a su sanción. Para posteriormente establecer la forma como se hará la consulta. Como sabemos el Presidente Chávez y la mayoría de sus seguidores, sostienen que la votación en el referéndum debe hacerse en un solo “Bloque”, es decir, una sola pregunta donde deba respon
Algunas materias sociales, como Historia de Venezuela y Geografía de Venezuela serán adaptadas, y otras serán eliminadas de los programas de la docencia. En su lugar se dictarán cursos; relacionados con el: SOCIALISMO DEL SIGLO XXI.
Así reza este documento que me ha llegado al correo. Vale la pena leerlo completo.
Quisiera invitar a algunos de los bloggers venezolanos que identifico: Yosmary, Khabiria, Karelia, Geektopia.. para conocer su opinión acerca de este espinoso tema.
La pregunta es: ¿Es, de verdad, un iniciativa de Reforma Constitucional?
Hoy ha sido aprobado por unanimidad en primera discusión por la Asamblea Nacional, el proyecto de reforma constitucional presentado por el Presidente Chávez. Según declaraciones de la Presidenta de la Asamblea, Cilia Flores, el proceso de “discusión” durará alrededor de dos meses, frente a esta afirmación el diputado por “Podemos”, Ismael García, señaló que la Asamblea no puede ponerse lapsos y limitar la discusión a un mes o a dos meses y menos ordenarle a otro poder para que prepare desde ya el referéndum. Señaló que el poder constituyente es el que tiene que decidir y que la constitución establece hasta dos años para aprobarse una reforma. Ninguna otra voz se oyó en el hemiciclo, critica ante el proyecto.
Durante estos días pretendo dar mi humilde opinión sobre el contenido y el alcance de la reforma constitucional proyectada, como un ejercicio reflexivo y de análisis individual que todo Venezolano debería hacer frente a una reforma que cambia
Todo venezolano debería leer con detenimiento el anteproyecto de reforma constitucional presentado ayer por el Presidente de la República ante la Asamblea Nacional. Toda reforma constitucional implica un cambio en la estructura jurídica base sobre la cual se desarrolla nuestra vida como Estado-Nación. El voto que se nos pedirá en referéndum dentro de unos meses es mas importante que el de una elección presidencial, por lo cual nos exige mayor responsabilidad a la hora de indagar sobre el alcance y las consecuencias de nuestro voto.
En el siguiente enlace podrán descarga el ante Anteproyecto de Constitución y sugiero que a medida que vayan leyendo comparativamente los artículos actualmente vigentes y la modificación que se pretende, pensar en las causas, motivos o intenciones que conlleva. Es de aclarar que una constitución por si sola no implementa sistemas, solo sienta las bases, el verdadero alcance de las reformas se vera por el desarrollo legislativo o ejecutivo q
A partir de mañana se intensificará de nuevo el debate político en Venezuela, los venezolanos nos sumiremos otra vez, en debates que tendrán mas características de disputa que de otra cosa. El proyecto de reforma constitucional que ya podríamos empezar a llamar “Constitución Chávez”, será presentado mañana por el Presidente de la República a la Asamblea Nacional.
Por la información que ha trascendido sobre el proyecto y por las propias declaraciones del Presidente, éste incluye su reelección indefinida, la consagración a nivel constitucional de nuevas formas de propiedad, cambios en la división y distribución del poder político-teritorial y otras reformas, que según especialistas modifican sustancialmente nuestro marco constitucional.
En fin, el “segundo motor”, como han llamado a este proyecto, para la instauración del sistema político y económico socialista de Chávez, esta listo y comienza de nuevo la “función”.
Aquí les dejo un típico afiche
Enquanto o Banco Central Europeu elevava em 0,25 ponto percentual a taxa de juro da zona do Euro – o maior desde 2001 –, o da Inglaterra mantinha o patamar. Respectivamente 4% e 5,5% ao ano.Ah, sim, o Comitê de Política Monetária (Copom), do Banco Central do Brasil, reduziu a meta da taxa do Sistema Especial de Liquidação e Custódia (Selic) em 0,5 ponto percentual. Foi um avanço comparado ao ritmo de corte da reunião anterior. E o Mercado não compareceu ao bar do Vavá para se explicar por que cinco diretores votaram a favor contra dois que preferiam manter a cautela.Em termos nominais, o país está em 7º num ranking nada grato dos campeões de juro nominal. No lugar em que estão Turquia (17,5%) e Venezuela (16,5%), do gabarola Hugo Chávez, o Brasil já esteve no fim da década de 90. Em juros reais, descontada a inflação, ainda não tem para ninguém: 8,3% de juro base.As contratações de empréstimos no mercado financeiro cresceram horrores em 2006, e dão mostr
César Pina Toribio calificó de "intenso y apasionado" el trabajo que realiza la Comisión de Juristas para la Reforma Constitucional, resaltando el "gran sentido de cumplimiento" y "la realización de una oportunidad" que anima a sus miembros, y a quienes de una u otra manera, estan vinculados a la reforma constitucional.Dijo que siempre defendió la idea de la Constituyente, porque no había voluntad clara en las fuerzas políticas que tuvieron la hegemonía de las Cámaras Legislativas de producir la reforma por la vía de la Asamblea Revisora. " Eso hizo que la reforma llegará con cierto retraso. Sin embargo, en últimos tiempos se ha ido decantando del proceso político la voluntad de reforma y, más que todo, identificando las necesidades y el perfil de esa reforma. La sociedad dominicana tiene claro unos temas constitucionales que no le son ajenos, respecto de las cuales hay ideas y orientaciones concretas que es el momento de que se plasme